Hipotecas accesibles: Viviendas de Protección Oficial, ¿quién puede optar a ellas?

08/06/2016 - actualizado el 07/05/20215 min
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Acceder a una casa en propiedad es, en muchas ocasiones, misión imposible. Los altos precios de venta de los pisos y los salarios o la inestabilidad en los puestos de trabajo han impedido durante estos últimos años a mucha gente poder adquirir una vivienda en propiedad.

No poder hacer frente a una larga y costosa hipoteca ha provocado que se hayan tenido que llevar a cabo otros planes para potenciar la venta de viviendas, como es el caso de las Viviendas de Protección Oficial, más conocidas como VPO. Estas viviendas también surgieron para a los jóvenes una vía que les permitiera independizarse.

 

Requisitos básicos para acceder a una VPO

Aunque los requisitos básicos varíen según la comunidad autónoma, hay grandes puntos en común que deberás cumplir vivas en una provincia u otra. En primer lugar, aquella persona que solicita la VPO debe poder acogerse a la contratación sin ningún problema, es decir, que debe ser lo suficientemente solvente como para pagarla. este es un punto importante, pero al mismo tiempo, los ingresos anuales de la persona que solicita la vivienda no pueden superar los 47.000 euros. En caso de que se pase de esa cantidad, no podrá optar a la Vivienda de Protección Oficial. También deberá estar empadronado en la zona donde se solicite la vivienda desde algunos años antes a la fecha de la petición.

El solicitante debe rellenar la solicitud donde se indiquen las razones de por qué se necesita dicha vivienda y estar inscrito en un registro público de demandantes en la comunidad autónoma correspondiente.

 

¿Quién no puede acceder a la VPO?

Aquellas familias que ya cuenten con una VPO no podrán optar a una segunda propiedad. Por lo tanto, ningún miembro de la unidad familiar podrá inscribirse en el registro público.

Tampoco podrán acceder a las VPO las personas que sean propietarias de una vivienda que esté en venta ni de cualquier vivienda libre que sobrepase el 40 por ciento del precio máximo de venta. En caso de las familias numerosas, este porcentaje es del 60 por ciento.

No podrán solicitar una VPO aquellas personas que estén adheridas a viviendas con opción a compra, ni las que hayan obtenido alguna ayuda financiera de planes estatales o autonómicos de vivienda en los diez años anteriores a la solicitud.

Por lo tanto, si no puedes hacer frente a una dura hipoteca y cumples todos los requisitos para acceder a una VPO, optar por este tipo de vivienda es una gran opción. ¿Has pensado alguna vez en adherirte a este plan?

 

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